La modificación del decreto Decreto 19/2024 se aplicará a las 150.000 plazas que componen el sector público

El Gobierno Vasco ha puesto en marcha la modificación de la “Orden de 9 de septiembre de 2020, de la consejera de Cultura y Política Lingüística, por la que se regula la evaluación y acreditación de los niveles de competencia comunicativa en euskera y se fijan los criterios para las convocatorias de subvenciones a estudiantes de euskera adultos”. Así lo dio a conocer el pasado 2 de septiembre. Ibone Bengoetxea, vicelehendakari primera y consejera de Cultura y Política Lingüística, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno.

Adaptar la realidad a cada puesto laboral

Bengoetxea explicó que esta modificación es necesaria para desarrollar el Decreto 19/2024 de Normalización del Uso del Euskera en el Sector Público Vasco: “para garantizar los derechos lingüísticos de la ciudadanía en todas las Administraciones y en todo el sector público y profundizar en el uso del euskera”.

Esto, permite a las instituciones públicas establecer perfiles lingüísticos mejor adaptados en puestos concretos y encauzarlos con flexibilidad a los 150.000 puestos de trabajo que conforman el sector público, de acuerdo con la realidad lingüística de cada entidad.

La vicelehendakari señaló que la principal modificación que se realiza en la Orden 9/2020 es “facultar a HABE para que cualquier ciudadano/a pueda acreditar los nuevos Perfiles Lingüísticos recogidos en el Decreto en las convocatorias de exámenes de HABE. Para ello, los procesos de acreditación de HABE se adecuarán a las necesidades de los nuevos Perfiles Lingüísticos que se están creando y se van a crear en el sector público”.

Nuevos perfiles lingüísticos

Perfiles Asimétricos. Adecuados a las funciones y necesidades de cada puesto de trabajo de cada institución y se otorgarán cuando las competencias orales y escritas de Se trata, mayoritariamente, de puestos en los que la comunicación oral tiene mayor importancia o peso. Ejemplo: nivel B2C1, es decir, nivel B2 escrito y nivel C1 oral; o nivel B1B2, es decir, B1 escrito y B2 oral.

Perfiles Parciales. Su objetivo es facilitar a las personas con discapacidad la acreditación de habilidades lingüísticas adaptándose a sus características. Ejemplo: en el caso de las personas sordomudas, acreditar su nivel de escritura y lectura en euskera, exceptuando las competencias orales y auditivas; y en el caso de las personas con discapacidades psíquicas, sólo se acreditarán el nivel de comprensión oral y auditivo en euskera. Además, se elimina el límite de tiempo para realizar el examen, para así poder adaptar mejor el examen a las características de las personas que las realizan.

Acreditación en los euskaltegis

Además, se realizarán tres modificaciones técnicas en la Orden, vinculadas a la acreditación de todos los niveles en los euskaltegis, siempre que se den las condiciones académicas para ello; a aspectos jurídicos relacionados con el programa de gratuidad para el aprendizaje del euskera; y a la mejora de la eficacia en el proceso de acreditación de las convocatorias de exámenes.

Se ha dado inicio al procedimiento de modificación de la Orden y se prevé que en la convocatoria de exámenes del próximo otoño de HABE se puedan acreditar estos perfiles. Durante este proceso se podrán realizar aportaciones.

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FUENTE: Gobierno Vasco